Constitucionalización de la muerte civil como una medida que coadyuve al pago de la reparación civil de los funcionarios públicos sentenciados por el delito de corrupción. “Reforma del artículo 41 de la Constitución Política”

Wilfredo Uscamayta Carrasco

Resumen


Considero “razonable” que se imponga la “muerte civil” (interdicción civil) a los sentenciados por corrupción que se nieguen a pagar las reparaciones civiles que adeudan al Estado, “Es decir, la muerte civil será perpetua hasta que paguen la deuda con el Estado”, no se trata de un tema de “prisión por deuda”, como dice el Dr. César San Martín Castro, actual juez supremo, debido a que la reparación no es una deuda, sino una obligación de carácter legal como consecuencia de
la comisión de un delito que ha ocasionado un perjuicio al Estado. Por consiguiente creo que es absolutamente viable la constitucionalización de la muerte civil, todo ello en la posibilidad de garantizar y asegurar en el tiempo la referida institución en vista de que la sola legalización (ley) de la misma es fácilmente vulnerable. Según la unidad del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, la reparación impuesta por delitos de corrupción ha sido de más de S/. 1 400 425 453,58, de los cuales han sido pagados solo S/. 19 686 100,20, monto equivalente al 1,3 % del total. La diferencia a pagar da como resultado la suma total de S/. 1 424 742 653,38.


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Referencias


- Abanto Vásquez, Manuel A. Los delitos contra la administración pública en el Código Penal peruano. Primera edición. Lima: Palestra, 2001.

- Benavente Chorres, Hesbert y Leonardo Calderón Valverde. Delitos de corrupción de funcionarios. Primera edición. Lima: Gaceta Jurídica, 2012.

- Reátegui Sánchez, James. “La reparación civil en el derecho penal: concepto y determinación”. Actualidad Penal, 2 (agosto de 2014).

- Unidad de Análisis Financiero de la Procuraduría Anticorrupción. Informe de trabajo N° 003-2012 PPEDC/UAFP/RC. 2012, 4.

Periódicos

• Diario El Comercio de Lima del 24 de setiembre de 2013, sección política.

• Diario El Comercio de Lima del 28 de diciembre de 2015, sección política

• Diario La República de Lima del 28 de diciembre de 2015, sección política.

• Diario La Primera de Lima del 11 de junio de 2012, sección política.

• Diario El Peruano de Lima del 08 de setiembre de 2016, sección política.

• Diario 16 de Lima de 22 de agosto de 2013, sección política.

Webgrafía

• http://glosariojuridico.blogspot.com/2008/11/i.html.

• http://www.enciclopedia-jurídica.biz 14.com/d/aptitud.htm.




DOI: http://dx.doi.org/10.21503/lex.v15i20.1438

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ISSN:  2313-1861

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