Límites entre el Derecho Penal y el Derecho Administrativo sancionador: El principio de ne bis in idem y su aplicación en actos de corrupción cometidos por funcionarios públicos*

Daniel Simón Quispe Meza

Resumen


El principio ne bis in idem se constituye en un límite para el ejercicio del ius puniendi estatal en tanto que se prohíbe que una persona por el mismo hecho y fundamento sea procesada o sancionada dos o más veces. Pese a su reconocimiento convencional y constitucional es posible advertir que no existe consenso con relación a cómo aplicar adecuadamente este principio, principalmente, al momento de determinar la identidad de fundamento cuando un funcionario público es sancionado en el fuero penal o administrativo sancionador por actos de corrupción. Esta situación no solo genera inseguridad jurídica, sino también trasgrede la obligación internacional del Estado peruano de tener herramientas jurídico penales y administrativas adecuadas y eficaces para combatir actos de corrupción. Considerando lo anterior, la finalidad de este artículo es ingresar a la problemática advertida y desarrollar las principales posturas que se desarrollan para determinar si el fuero penal y administrativo sancionador comparten o no un mismo fundamento de sanción. Una vez desarrollado lo anterior, se asume una postura que garantiza una adecuada aplicación del principio ne bis in ídem en casos de corrupción de funcionarios con la finalidad de que se constituya en una herramienta jurídica eficaz para combatir actos de corrupción y, a su vez, garantice la seguridad jurídica propia de un Estado Constitucional de Derecho.

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Referencias


- Asua Batarrita, Adela. “La tutela del correcto funcionamiento de la Administración. Cuestiones político-criminales, criterios de interpretación y delimitación respecto a la potestad disciplinaria”. Delitos contra la Administración Pública, ed. por Adela Asua Batarrita. Bilbao: Instituto Vasco de Administración Pública, 1997.

- Cano Campos, Tomás. “Non bis in idem, prevalencia de la vía penal y teoría de los concursos en el Derecho administrativo sancionador”. Revista de Administración Pública, 156 (2001): 191-250.

- Castro Cuenca, Carlos. La corrupción en la contratación pública en Europa. Salamanca: Ratio Legis, 2009.

- Cerezo Mir, José, “Límites entre el Derecho penal y el Derecho administrativo”. Anuario de derecho penal y ciencias penales, 28 (1975): 159-175.

- Concepción Campos Acuña, María. “Capítulo IX. Derecho penal y empleo público”. Derecho Administrativo y Derecho penal: reconstrucción de los límites, dir. Felio José Bauzá Martorell, 281-310. Barcelona: Wolters Kluwer S.A., 2017.

- Díaz y García Conlledo, Miguel. “Ne bis in idem material y procesal “. Revista de Derecho, 9 (2004): 9-28.

- García-Cobián Castro, Erika. “Control gubernamental del gasto público en el Estado Constitucional: reflexiones a propósito de la aprobación de las facultades sancionadoras de la contraloría general en materia de responsabilidad administrativa funcional”. Revista Derecho PUCP 71, (2013): 443-475.

- García Cavero, Percy. Derecho Penal Económico, parte general. Lima: ARA editores, 2003.

García Cavero, Percy. “El principio de ne bis in ídem material en caso de concurrencia de pena y sanción administrativa”. Política Criminal, 11 (2016): 21-33.

- Gil Gil, Alicia. “Lección 2. Relaciones entre Derecho Penal y Derecho Administrativo”.Tutel a penal de las Administraciones públicas, coord. por Juan Manuel Lacruz López & Mariano Melendo Pardos, segunda edición, 69-95. Madrid: Dykinson, 2015.

- Huerta Tolcido, Susana. “Ilícito penal e ilícito disciplinario de funcionarios”. La ciencia del Derecho Penal ante el nuevo siglo: libro homenaje al profesor doctor don José Cerezo Mir, ed. por Luis Gracia Martin; Juan Felipe Higuera Guimirá, José Luis Diez Ripollés & Carlos María Romeo Casabona, 37-72. España: Tecnos, 2002.

- Lozano Suárez, Luis Miguel. “El principio “non bis in idem”: colisión entre el Derecho penal y Derecho administrativo sancionador”. Revista de Derecho Penal, 15, (2005): 55- 84.

- Muñoz Clares, José. Ne bis in idem y Derecho penal. Definición, patología y contrarios. Murcia: Librero editor, 2006.

- Muñoz Clares, José & Caballero Salinas, José María. Ne bis in idem. Hechos, penas, sanciones. Navarra: Aranzadi, 2019.

- Navarro Cardoso, Fernando. Infracción Administrativa y delito: límites a la intervención del derecho penal. Madrid: Constitución y Leyes S.A., 2001.

- Pérez Manzano, Mercedes. La prohibición constitucional de incurrir en bis in idem. Valencia: Tirant lo Blanch, 2002.

- Quintero Olivares, Gonzalo. “La autotutela, los límites al poder sancionador de la Administración Pública y los principios inspiradores del Derecho Penal”. Revista de Administración Pública, 126 (1991): 256-293.

- Rando Casermeiro, Pablo. La distinción entre el Derecho penal y el derecho administrativo sancionador: un análisis de política jurídica. Valencia: Tirant lo Blanch, 2010.

- Roxin, Claus. Derecho Penal. Parte General. Tomo I. Madrid: Civitas, 1997.

- Zúñiga Rodríguez, Laura. “Relaciones entre el Derecho Penal y Derecho Administrativo Sancionador: ¿hacia una “administrativización” del derecho penal o una “penalización” del derecho administrativo sancionador?”. Homenaje al doctor Marino Barbero Santos, coord. por Luis Arroyo Zapatero & Ignacio Berdugo Gómez de la Torre, volumen 1, 1417-1444. Cuenca: Ediciones de la Universidad Castilla- La Mancha, 2001.

JURISPRUDENCIA, NORMATIVA Y OTROS DOCUMENTOS LEGALES

- Código Penal [Perú], Decreto Legislativo n° 635, Diario Oficial El Peruano (08 de abril de 1991).

- Código Procesal Penal [Perú], Decreto Legislativo n° 957, Diario Oficial El Peruano (29 de julio de 2004).

- Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. (2003).

- Convención Americana sobre Derechos Humanos. (1969).

- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República [Perú], Ley Orgánica n° 27785, Diario Oficial El Peruano (23 de julio de 2002).

- Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos. (1976).

- Recurso de Nulidad N° 2090-2005-Lambayeque (Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, Sala Penal Permanente, 07 de junio de 2006).

- Reglamento de Infracciones y Sanciones para la determinación de la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control [Perú], Resolución de Contraloría n° 100-2018-CG, Diario Oficial El Peruano (05 de abril de 2018).

- Sentencia N° 77/1983 (Tribunal Constitucional [España], 03 de octubre de 1983).

- Sentencia N° 2/2003 (Tribunal Constitucional [España], 16 de enero de 2003).

- Sentencia N° 2050-2002-AA/TC (Tribunal Constitucional [Perú], 16 de abril de 2003).

- Sentencia N° 4587-2004-AA/TC (Tribunal Constitucional [Perú], 29 de noviembre de 2005).

- Sentencia N° 2725-2008-PHC/TC (Tribunal Constitucional [Perú], 22 de septiembre de 2008).

- Sentencia N° 3495-2011-PHC/TC (Tribunal Constitucional [Perú], 18 de octubre de 2011).

- Sentencia N° 05143-2011-PA/TC (Tribunal Constitucional [Perú], 08 de septiembre de 2015




DOI: http://dx.doi.org/10.21503/lex.v20i30.2442

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ISSN:  2313-1861

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